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CEL: 351-5918832

OFI: 351-4898665

Marcelo Vidal 531 - Local 2

Córdoba Capital

L a V 09.30 a 12.30

L a J 16.30 a 19.00

Cotización

A.R.T.

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) son empresas privadas contratadas por los empleadores para asesorarlos en las medidas de prevención y para reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Están autorizadas para funcionar por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y por la Superintendencia de Seguros de la Nación, Organismos que verifican el cumplimiento de los requisitos de solvencia financiera y capacidad de gestión.

Las ART tienen como obligación:

  • Brindar todas las prestaciones que fija la ley, tanto preventivas como dinerarias, sociales y de salud
  • Evaluar la verosimilitud de los riesgos que declare el empleador
  • Realizar la evaluación periódica de los riesgos existentes en las empresas afiliadas y su evolución
  • Efectuar los exámenes médicos periódicos para vigilar la salud de los trabajadores expuestos a riesgo
  • Visitar periódicamente a los empleadores para controlar el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos del trabajo
  • Promover la prevención, informando a la SRT acerca de los planes y programas exigidos a las empresas
  • Mantener un registro de siniestralidad por establecimiento
  • Informar a los interesados acerca de la composición de la entidad, de sus balances y de su régimen de alícuotas
  • Controlar la ejecución del Plan de Acción de los empleadores y denunciar ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo los incumplimientos
  • Brindar asesoramiento y asistencia técnica a los empleadores y a sus trabajadores en materia de prevención de riesgos del trabajo
  • Denunciar los incumplimientos de los empleadores a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo
seguros cba art

Empleador - Derechos

  • Elegir una ART y cambiar de aseguradora, luego de cumplir los plazos mínimos de afiliación
  • Recibir por parte de la ART asesoramiento, capacitación y asistencia técnica en materia de prevención de riesgos para el propio empleador y para sus trabajadores
  • Recibir información de la ART sobre el régimen de alícuotas vigente, sobre las prestaciones que prevé el sistema de riesgos del trabajo y los procedimientos de denuncia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Exigir a su ART la realización de los exámenes periódicos que correspondan y el cumplimiento de la asistencia médica y económica a sus trabajadores en caso de accidentes o enfermedades profesionales
  • Exigir a su ART la entrega de credenciales para los trabajadores en la cual consta el número telefónico de la aseguradora para llamar en forma gratuita al Centro Coordinador de Atención Permanente (CeCAP) que brinda asistencia y orientación en caso de accidente de trabajo

Empleador - Obligaciones

  • Estar afiliado a una ART o autoasegurarse (sólo si cumplen con los requisitos establecidos)
  • Notificar a la ART la incorporación de nuevo personal
  • Informar a sus trabajadores a qué ART está afiliado
  • Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo establecidas a través de las Leyes Nº 19.587 y Nº 24.557 y sus normativas complementarias
  • Adoptar las medidas necesarias para prevenir riesgos en el trabajo
  • Informar a sus trabajadores de los riesgos que tiene su tarea y protegerlos de los mismos
  • Proveer a sus trabajadores de los elementos de protección personal y capacitarlos para su correcta utilización
  • Capacitar a sus trabajadores en métodos de prevención de riesgos del trabajo
  • Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad (si dicho cambio implica el comienzo de una eventual exposición a agentes de riesgo), e informar los resultados de los mismos al trabajador
  • Denunciar ante la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en su establecimiento
  • Solicitar a la ART la atención médica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedad profesional
  • Denunciar incumplimientos de su ART ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo
  • Mantener un registro de accidentabilidad laboral
  • Cumplir con el Programa de Reducción de Siniestralidad, establecido en caso de que la accidentabilidad de su empresa supere en un 10% el índice de incidencia de su sector de actividad
  • Inscribirse a través de su ART al “Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos” (Resolución SRT N° 415/02), al “Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores” (Resolución SRT N° 743/03) y al “Registro de DifenilosPoliclorados” (Resolución SRT N° 497/03).

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